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¿Te rechazaron un cheque o no te pagan un pagaré? Cobralo por la vía rápida.
Iniciamos juicios ejecutivos para cobrar cheques, E-Cheqs, pagarés, facturas de crédito y mutuos, con embargo de cuentas y bienes del deudor. Es un proceso más rápido que un juicio común y con defensas muy limitadas para el deudor.
Para empezar necesitamos
- El cheque, E-Cheq o pagaré
- El certificado o constancia de rechazo, si lo tenés
- Los datos del deudor
Ejecuciones comerciales
Qué es el juicio ejecutivo
Algunos documentos, llamados títulos ejecutivos, permiten cobrar una deuda por un juicio abreviado. El cheque rechazado, el pagaré y la factura de crédito electrónica son títulos ejecutivos: el juez presume que la deuda existe y el deudor solo puede defenderse con argumentos muy limitados.
Desde el inicio se puede pedir el embargo de cuentas bancarias, inmuebles, autos y otros bienes del deudor, lo que asegura el cobro y muchas veces acelera un acuerdo.
Los plazos son cortos, sobre todo en cheques. Cuanto antes se actúa, más chances hay de encontrar bienes para cobrar.
Ejecuciones comerciales
Qué cobramos
Si tu caso no aparece en la lista, consultanos igual: lo analizamos sin compromiso.
Cheques rechazados
Por falta de fondos, cuenta cerrada u orden de no pagar.
E-Cheqs
Cheques electrónicos rechazados, con el certificado para acciones civiles que emite el banco.
Pagarés
Pagarés vencidos e impagos, con o sin garantía.
Facturas de crédito electrónicas
Facturas MiPyME aceptadas, que tienen fuerza ejecutiva.
Facturas comerciales
Evaluamos preparar la vía ejecutiva o iniciar el reclamo que corresponda.
Mutuos y préstamos
Préstamos documentados en escritura pública o con firma certificada.
El proceso
Cómo trabajamos tu caso
Análisis del título
Revisamos el documento, los plazos y la solvencia del deudor.
Intimación
Si conviene, intimamos al deudor por carta documento. La mediación previa no es obligatoria en los juicios ejecutivos.
Demanda y embargo
Iniciamos el juicio ejecutivo y pedimos el embargo de cuentas y bienes.
Sentencia y cobro
Con la sentencia se cobra con lo embargado o, si hace falta, con el remate de bienes.
Documentación
Qué conviene tener a mano
- Original del cheque, pagaré o factura
- Certificado para acciones civiles, en el caso de E-Cheqs
- Constancia de rechazo del banco
- Datos del deudor: nombre o razón social, CUIT, domicilio
- Intercambio de mensajes o correos con el deudor, si lo hubo
CPCCN, arts. 520 y siguientes · Ley 24.452 (cheques) · Decreto-Ley 5965/63 (pagarés) · Ley 27.440 (factura de crédito electrónica)
Contanos tu caso. Te respondemos por WhatsApp y te decimos cuáles son tus opciones.
Consultar mi casoPreguntas frecuentes
Lo que más nos consultan
Respuestas generales. Cada caso tiene particularidades, así que siempre conviene una consulta con tu documentación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un cheque rechazado?
La acción prescribe al año contado desde que venció el plazo para presentar el cheque al cobro. Para cheques librados en el país, ese plazo de presentación es de 30 días desde la fecha de emisión.
¿Y para un pagaré?
La acción contra el que firmó el pagaré prescribe a los tres años desde su vencimiento.
Me rechazaron un E-Cheq. ¿Se puede ejecutar?
Sí. El banco emite un certificado para acciones civiles que reemplaza al cheque en papel y permite iniciar el juicio ejecutivo.
¿Qué se le puede embargar al deudor?
Cuentas bancarias, inmuebles, autos, créditos que tenga a cobrar y, con los límites legales, una parte del sueldo.
¿Qué defensas tiene el deudor?
Muy pocas. En el juicio ejecutivo solo puede oponer excepciones puntuales, como la falsedad del documento, el pago documentado o la prescripción. No se discute el origen de la deuda.
¿Hay que pasar por mediación?
No. Los procesos de ejecución están excluidos de la mediación obligatoria, así que se puede demandar directamente.
¿Quién paga los gastos del juicio?
Si la ejecución prospera, las costas quedan a cargo del deudor.
¿Una factura común sirve para un juicio ejecutivo?
La factura de crédito electrónica aceptada es título ejecutivo. Una factura común, en general, no lo es por sí sola, pero se puede preparar la vía ejecutiva o iniciar otro tipo de reclamo. Lo evaluamos con la documentación.
Contacto
Hablemos de tu caso
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